Joana Crespo, Responsable de Estudios de la APCE
Cuantificación de los efectos de la nueva normativa en el mercado del alquiler en Cataluña

Para cuantificar cuál ha sido la afectación de la aprobación de la “Ley 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda “, y obtener datos reales, desde la APCE se puso en marcha una encuesta a todas sus empresas asociadas, para poder hacer un análisis cuidadoso y riguroso de los efectos que esta normativa está teniendo sobre la oferta del mercado de alquiler en Cataluña.
De los principales resultados se destaca, que a raíz de la publicación de la Ley 11/2020 del 18 de septiembre de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamientos de viviendas, el 38% de las empresas, ha puesto a la venta o ha dejado vacante alguno o algunas de las viviendas que tenía o gestionaba en alquiler, quedando a la espera de que vayan terminando los contratos y en función de cómo se desarrollen las regulaciones y limitaciones a la propiedad.
De las inversiones previstas a corto plazo en el mercado del alquiler, el 28% de las empresas, ha reorientado alguna de las promociones destinadas al alquiler hacia la venta y el 48% afirma haber desestimado alguna de las inversiones previstas de alquiler a medio plazo, destacando como principales motivos la inseguridad jurídica de la normativa de alquileres así como la obligatoriedad de los llamados “grandes tenedores”en relación a la emergencia habitacional, teniendo que soportar los impagos sin poder realizar desahucios o bien, quedar atrapado en una espiral de rentas bajas cuando la gran mayoría del parque de viviendas de Cataluña está en manos de pequeños propietarios (98% del parque de viviendas de alquiler), y por tanto, el problema de fondo (la falta de viviendas) no queda solucionado traspasando totalmente la responsabilidad al sector privado.
En cuanto a la afectación adicional de la norma en relación con los puestos de trabajo previstos, la mayoría de las empresas confirma por el momento no tener ningún efecto, mientras que el 12% los ha reducido considerablemente.
Referente a la inversión, las empresas manifiestan en un 76% de los encuestadas, que ha tenido efectos en las previsiones de antes de la norma: el 55,3% ha parado la inversión hasta un nuevo escenario, el 31,6% ha reducido la inversión y el 13,1% ha trasladado la inversión a otro territorio.
Se puede comprobar de una forma real, a través de la encuesta en el sector patrimonialista de la APCE, como la normativa de contención de rentas ha provocado una serie de efectos indeseables que van en contra precisamente de la propia intención de la norma, poniendo de manifiesto a través de los resultados de la misma, que desde la aprobación el pasado septiembre de 2020 de Ley 11/2020, del 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda se ha detectado las siguientes consecuencias negativas para el sector:
- - Inseguridad jurídica que dificulta la toma de decisiones sobre la orientación futura del negocio.
- - Fuga de la inversión y desinversión de edificios en alquiler.
- - Incertidumbre sobre la rentabilidad esperada.
- - A medio/largo plazo disminuirá la inversión en rehabilitación.
- - Imposibilidad de hacer viables algunas operaciones.
En este contexto de presión de la demanda e insuficiente oferta, es importante apuntar que para que la oferta pueda llegar a adaptarse cuantitativamente más a la demanda y propiciar el incremento del parque de viviendas en alquiler, sería necesario recuperar la seguridad jurídica con un marco jurídico estable para favorecer la confianza necesaria para acometer inversiones a largo plazo, así como incrementar la oferta para ayudar a estabilizar más los precios, generando tanto vivienda de alquiler libre, como vivienda asequible (con rentas por debajo del precio de mercado) y sociales (para cubrir la exclusión social residencial), con la participación de los promotores privados ya sea para promover alquiler privado y asequible como en participación público-privada para la construcción de viviendas sociales.