Del 29 de septiembre al 1 de octubre Públicadas las bases reguladoras
Convocatoria de las ayudas destinadas a la retirada de residuos con amianto

El DOGC núm.8138 del pasado 21 de mayo de 2020 publicó la Resolución TES/1068/2020, de 18 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria abierta de ayudas destinadas a la retirada, en origen, de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña y el DOGC núm.8171 del 7 de julio de 2020 ha públicado la Resolución TES/1586/2020, de 22 de junio, de convocatoria de ayudas destinadas a la retirada, en origen, de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña (ref. BDNS 513589).
OBJETO Y FINALIDAD
En las bases reguladoras se establece que esta línea de subvenciones tiene como objeto fomentar la retirada en origen, de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados al ámbito territorial de Cataluña y gestionar correctamente los residuos de amianto. La finalidad de la subvención es promover y fomentar la retirada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, y procurar que esta retirada se efectúe con las óptimas condiciones, con la finalidad última de mejora ambiental y de la minimización del riesgo que este material compuerta para la salud pública.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Se considerarán beneficiarios y podrán acogerse a las ayudas para la retirada y gestión de los residuos de amianto los propietarios de bienes inmuebles que contengan elementos de amianto procedentes de la construcción que impulsen su desamiantaje, ya sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y comunidades de vecinos.
La subvención por los gastos económicos derivados de la retirada y gestión de los residuos de amianto será de carácter dinerario con un porcentaje del 100% de las facturas presentadas con un máximo de doce mil euros (12.000,00 €) por actuación subvencionada.
El importe de la ayuda incluye la manipulación y retirada de amianto efectuado por las empresas inscritas al RERA, su transporte, así como la gestión y tratamiento de los residuos de amianto mediante las empresas inscritas al Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña (RGPGRC). El importe de la subvención concedida, en ningún caso, podrá ser de una cantidad que aisladamente o en concurrencia con subvenciones otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, de acuerdo con el artículo 94 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se consideran gastos subvencionables los que de manera inequívoca respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarias para esta actividad y se lleven a cabo en el plazo y las condiciones que determinan estas bases reguladoras, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003. En ningún caso los bienes o servicios subvencionados no pueden superar el valor de mercado. Específicamente el gasto subvencionable alcanza los conceptos de retirada, transporte y tratamiento de los residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto. Se considera subvencionable el desamiantaje de edificaciones, incluyendo la manipulación y la retirada de los residuos de amianto procedentes de la construcción efectuadas por empresas inscritas al Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA), así como su transporte y el tratamiento de los residuos de amianto mediante las empresas inscritas al Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña (RGPGRC) https://sdr.arc.cat/. A tal efecto, se consideran gastos realizados aquellas que hayan estado efectivamente pagadas con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. No se considerarán gastos subvencionables los materiales de obra y de construcción empleados para sustituir la función que realizaba el amianto retirado al inmueble, ni cualquier elemento auxiliar necesario para ejecutar la sustitución.
En el caso otras personas físicas o jurídicas, que no sean administración pública, y comunidades de vecinos, las solicitudes y los otros documentos de los trámites asociados al procedimiento de concesión de las subvenciones y a su justificación se presentarán mediante el apartado Trámites del web de la Generalitat de Cataluña (http://tramits.gencat.cat), en los términos que establece la normativa vigente. El formulario de solicitud, junto con la documentación prevista a la base 7, se tiene que presentar según el modelo normalizado que estará a disposición de las personas interesadas al apartado Trámites del web de la Agencia de Residuos de Cataluña (http://residus.gencat.cat/ca/consultes_i_tramits_-_nou/subvencions/ ) y de la Generalitat de Cataluña (http://tramits.gencat.cat).
CONVOCATORIA
El importe total que se asigna a la convocatoria por el año 2020 es de dos millones de euros (2.000.000,00€). La dotación establecida a la partida presupuestaria puede ser ampliada de acuerdo con la normativa vigente. La concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
El plazo para presentar solicitudes en esta convocatoria será desde la públicación de esta convocatoria en el DOGC -el pasado 7 de julio de 2020- hasta agotarse la disponibilidad presupuestaria y en todo caso hasta el 30 de noviembre de 2020. De acuerdo con lo que prevén las bases se podrán dictar resoluciones mensuales, a excepción hecha del mes de agosto, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud y de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria. En cualquier caso, la resolución y la notificación de las resoluciones de concesión de las subvenciones se tienen que efectuar en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente de la fecha de públicación de esta convocatoria en el DOGC.