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Josep Donés, Secretario General Técnico de la APCE

 

Cambios normativos

Aprobación inicial del PDU de la Costa Brava

El DOGC de 5 de diciembre publica el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Girona, por el cual se aprueba inicialmente el Plan Director Urbanístico (PDU) de los suelos no sostenibles del litoral gerundense, redactado por la Secretaría de Hábitat Urbà i Territori, y que afecta a los términos municipales de Portbou, Colera, Llançà, Port de la Selva, Cadaqués, Roses, Castelló d’Empúries, Sant Pere Pescador, L’Escala, Torroella de Montgrí, Pals, Begur, Palafrugell, Mont-ras, Palamós, Calonge i Sant Antoni, Castell-Platja d’Aro, Sant Feliu de Guíxols, Santa Cristina d’Aro, Tossa de Mar, Lloret de Mar, y Blanes, es decir a un total de 22 municipios.

A la vez se acuerda también una nueva y reglamentaria (artículos 73 y 74 del TRU) suspensión de tramitación de licencias por un año a contar desde el día siguiente de la publicación. La suspensión corresponde a ”licencias de parcelación de terrenos, de edificación, reforma, rehabilitación, o derribo de construcciones, ampliación de actividades o usos concretos y otras autorizaciones municipales conexas, establecidas por la legislación sectorial”, quitando aquellas licencias que, tanto en cuanto a los sectores que son objeto de modificación como por lo que respecta a  la normativa de integración paisajística que afecta a la totalidad del ámbito, son compatibles con el planeamiento vigente y el PDU en trámite. En resumen -y según la nota de prensa de la Generalitat- se elimina la posibilidad de construir 15.037 viviendas, casi el 50% de las 30.843 previstas.

El PDU establece 3 grupos con diferente afectación o incidencia:

  • Ámbitos para mantener: son aquellos que no entran en contradicción con los criterios del PDU, y, por lo tanto, no se modifican. No obstante, se les pone como condición que cumplan toda una serie de directrices de integración paisajística cuando se desarrollen. Son un total de 61 ámbitos que suman 436 hectáreas, y un potencial de 6.153 viviendas.
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  • Ámbitos a modificar: son aquellos que contradicen algunos de los criterios por ser un asentamiento urbano, y se pueden modificar parámetros como por ejemplo la superficie que alcanza, los usos permitidos, la densidad, la edificabilidad, la tipología de los edificios, su disposición o las cesiones urbanísticas, entre otros. Son un total de 50 ámbitos que suman 497 hectáreas y un potencial de 5.516 viviendas. Con los cambios introducidos se impide la construcción de 2.197 viviendas. Algunos de los ámbitos más significativos que se modifican son: Sa Guarda i el Turó d’es Calders en Cadaqués, donde se mantiene la superficie afectada y el número de viviendas permitidas, pero se obliga a dejar libres de edificación las partes más elevadas y expuestas visualmente, concentrando las viviendas en las partes bajas. Entre los ámbitos que sí se reducense encuentran Rodors-Roca Banca de Pals, o Riera dels Molinets de Santa Cristina d’Aro.
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  • Ámbitos para extinguir: son aquellos que pasan directamente a integrarse en el llamado suelo no urbanizable, dado que su desarrollo -según criterio del PDU- supondría una extrema contradicción con los criterios de sostenibilidad. Son un total de 981 hectáreas, y un potencial de 12.840 viviendas.

Del contenido extractado, desde el sector promotor valoramos positivamente que la aprobación inicial se haya producido un mes antes de la primera moratoria (enero de 2019), y dos meses desde la ampliación realizada en el mes de febrero. Valoramos también el hecho que se levante la suspensión de licencias de los 61 ámbitos que no entran en contradicción con el PDU, una de nuestras reivindicaciones desde el primero momento de la moratoria, ya que que permitirá reiniciar la actividad a muchas empresas y/o particulares que tenían proyectos en curso y evitará paralizaciones de empresas y posibles despidos de los trabajadores.

Una cuestión que también queremos resaltar es que, en una primera lectura rápida, parecería que se respetan las actuaciones de suelo con reparcelación y proyecto de urbanización aprobados, que es lo que siempre hemos venido indicando que sería conveniente si se quiere respetar la seguridad jurídica. Por lo que respecta a los suelos que se deben modificar, y sobre todo los que se proyectan extinguir, haremos aportaciones y alegaciones una vez estudiados convenientemente.

Finalmente, reiterar lo que siempre hemos dicho: lo que el sector promotor quiere es poder edificar los suelos adquiridos en base a su edificabilidad prevista en los planes generales, con la premisa de disponer de seguridad jurídica en las operaciones.

Esperamos que las aprobaciones provisional y definitiva se puedan producir lo antes posible, si puede ser antes de la finalización del año de suspensión, y entendemos que no tendrían que ser muy diferentes del PDU actual hecho a raíz del Debate Costa Brava el 2005, y que ahora se considera tan insuficiente. Esperamos que sean los responsables de los municipios afectados quienes hagan oír su voz (como alguno ya ha hecho), para que el resultado final no afecte negativamente a la economía de las poblaciones, algo que sería muy grave para sus ciudadanos, que viven básicamente del turismo y sus derivadas.